NORMATIVA DEL ARCHIVO DIOCESANO

NORMAS DE ACCESO Y CONSULTA EN EL ARCHIVO DIOCESANO DE LOGROÑO.

  1. El acceso a los documentos en la sala de consulta es libre y gratuito, presentando un documento acreditativo de identidad y cumplimentando el impreso habilitado al efecto en la Secretaría del Archivo.
  2. Para el acceso a las instalaciones del archivo es necesario solicitar cita, y no se le permitirá el acceso a las personas que no han solicitado su cita previamente (no se permiten acompañantes).
  3. El numero de usuarios que pueden acceder a la sala de consulta será de un máximo de 6 personas.
  4. Desde enero de 2024 el horario de consulta en el archivo serán los lunes, martes, miércoles y jueves de 09:30 a 12:30. Se podrá solicitar al personal del archivo el cambio de documentación para su consulta hasta las 12:19.
  5. La hora máxima para entregar la documentación al personal del archivo es a las 12:30.
  6. Por cada usuario solo se permite tener en vigencia 3 citas previas para visitar el archivo.
  7. Es obligatorio avisar la no asistencia al archivo cuando se tiene ya solicitada una cita previa.
  8. A la sala de consulta sólo se podrá acceder con lápices o portaminas, hojas sueltas (folios, cuartillas, fichas, etc.) y ordenadores portátiles.
  9. Está prohibido introducir objetos de carácter personal, así como bebidas, comidas y está prohibida la entrada de animales.
  10. Los teléfonos deben ser desconectados o silenciados antes de entrar en la Sala y está prohibido hablar por teléfono dentro de la misma.
  11. Está prohibido tomar fotografías, escanear o hacer videos de los documentos físicos y digitalizados; si necesita una reproducción del documento debe indicarle al personal del archivo y pagar las tasas correspondientes.
  12. Por respeto al resto de los investigadores, se debe procurar guardar silencio dentro de la Sala. Cualquier consulta que se desee hacer al personal del Archivo se realizará en todo caso de manera que no perturbe la actividad del resto de los investigadores.
  13. Deberá respetarse el orden de la documentación que se consulta. Los atados que pudieran encontrarse deberán volver a colocarse una vez consultada la documentación, poniendo especial cuidado en no dañar ésta.
  14. La consulta simultánea de múltiples unidades de archivo por parte de un mismo usuario no está permitida. Del mismo modo, no se permite que una unidad documental sea consultada por varios usuarios al mismo tiempo, y tampoco está permitido intercambiar o mover dicha unidad documental de la mesa de un usuario a otra.
  15. La documentación con antigüedad inferior a 100 años no estará disponible para la consulta. Para poder solicitar una investigación debe ponerse en contacto con el personal del archivo.
  16. La lectura de libros o cualquier documento se realizará en la sala de consulta habilitada. Una vez concluida la consulta, el usuario devolverá personalmente los documentos al responsable de la Sala. Bajo ningún concepto podrán sacarse de la Sala de consulta documentos o libros.
  17. Para evitar daños irreparables en los documentos, está prohibido arrancar, cortar, doblar la documentación, quemar, mojar, pintar, calcar los documentos, realizar anotaciones en los mismos, hacer borrones, así como apoyarse en ellos o colocar sobre los mismos los papeles sobre los que se escribe. No pueden dejarse marcas o incluir objetos entre los documentos. El usuario será responsable del deterioro, pérdida o mutilación de los documentos consultados y servidos. (ley orgánica 10/95 de 23 de noviembre del Código Penal, artículos 323 y 324).
  18. Cualquier tipo de incidencia que pudiera surgir dentro de la Sala de consulta se comunicará al personal de la misma de forma que no se vea alterado el necesario silencio.
  19. Para intentar preservar el archivo, no se permitirá la consulta de los documentos que se encuentren en un estado muy delicado y presenten un gran deterioro (según el criterio del personal del Archivo). Para la consulta de estos documentos deberá ponerse en contacto vía Correo electrónico con el personal del archivo y solicitar la búsqueda necesaria abonando la tasa correspondiente.
  20. El acceso a la sala de consulta está prohibido para los menores de edad, a menos que estén acompañados por sus padres o tutores legales.
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